Energías marinas de origen solar son las obtenibles del
movimiento de las olas y de la acumulación de calor en las masas
marinas. La primera de ellas viene determinada por la energía
solar incidente que produce los desplazamientos de superficie. Su
potencial es teóricamente muy grande o para España se ha
calculado que supondría más del doble del correspondiente a la
hidroelectricidad, pero su carácter disperso y su baja densidad
la hace difícilmente aprovechable en términos económicos. En
estos momentos está en fase previa incluso a la demostración
real.
La energía térmica acumulada en el mar, originada por las
radiaciones solares, puede ser captada sólo a partir de
gradientes térmicos acusados, es decir, de desniveles de
temperatura entre capas de agua que permiten hacer fluir
determinados líquidos o gases muy sensibles que se dilatan por
el calor. Estas circunstancias sólo se dan en los mares
tropicales o subtropicales, en puntos alejados por lo común de
zonas densamente pobladas. La electricidad producida se mandaría
por cable a la costa o se aprovecharía in situ para determinadas
transformaciones. En la actualidad, en EE. UU. tienen un proyecto
experimental apoyado por el Estado de Hawai que puede ser
operativo a mediados de esta década .
En USA ha sido promulgada una normativa específica para este tipo de energía, la Ocean Thermal Energy Conservation Act de 1980, y hay un organismo encargado de estas competencias, la Oficina de Minas y Energía Oceánica , que tiene como misión preparar la legislación necesaria para simplificar el procedimiento autorizatorio de las instalaciones en el que podrían estar implicados nada menos que nueve organismos .
En España, si existiesen condiciones para el funcionamiento de estas instalaciones, el proceso de intervención sería más simple y requeriría desde luego una concesión por afectar estas actividades al dominio público del Estado.
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